miércoles, 7 de diciembre de 2011

ARIAS
RESUELVE: corresponde I-Rechazar
los recursos de casación interpuestos por las
defensas de Carlos Alberto Arias y Luis Ángel Zírpolo, con
costas (art. 530 y 531 del C.P.P.N.) y II- Hacer lugar a
los recursos de casación deducidos por el representante del
Ministerio Público Fiscal y la parte querellante, casar la
sentencia recurrida y en consecuencia encuadrar las
conductas atribuidas a los encartados en el delito de
privación ilegal de la libertad en concurso real con el
delito de homicidio doblemente agravado por su comisión con
alevosía y con el concurso premeditado de dos o más
personas, en carácter de coautores y remitir las
actuaciones a su procedencia a fin de que se fijen las
penas correspondientes (arts. art. 45, 55, 80 incs. 2° y 6°
y 142 inc. 1° del C.P., y 470 del C.P.P.N).
Regístrese, notifíquese en la
audiencia designada y oportunamente devuélvase al tribunal
de origen, sirviendo la presente de atenta nota de estilo.-
Fdo. Raúl Madueño, Juan E. Fégoli y Luis M. Cabral. Ante mí: Elsa Carolina Dragonetti.
Secretaria de Cámar

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